Entre la Justicia y el Derecho 
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Entre la Justicia y el Derecho 

Antonio Gamboa Chabbán

Hacer valer la aplicación de la Ley, es una referencia directa a lo que es un Estado de Derecho, por su parte la justicia es un término idealista en una sociedad. 

En México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la que juran aplicar y hacer valer los gobernantes cuando aceptan un cargo público, no se realiza un juramento basado en la justicia. 

La Justicia decía Ulpiano, un tratadista romano, es “darle a cada quien lo que le corresponda”, sin embargo, la evolución del derecho, entre el derecho romano y nuestros tiempos, nos obligan a reflexionar e inclusive a examinar en dónde están los errores que motivan a un Juzgador a adoptar una decisión que se apega a la Constitución y la Ley y que para las víctimas y para la sociedad en general, por supuesto no resulta creíble que teniendo evidencias aportadas en el juicio, el agresor o presunto responsable, obtenga la libertad, sin más. 

Lo que sucede cuando leemos o escuchamos una noticia de que un delincuente fue liberado por un juzgador, en mucho tiene que ver con la aplicación de la Ley, lo que no se encuentre debidamente probado en términos de leyes expedidas con anterioridad a los hechos, con medios de prueba acordes al tipo de delito o infracción cometida, no es suficiente para dictarle o confirmarle una resolución que sea ejemplar ante la sociedad, no se debe hacer a partir de una noción de justicia. 

¿De quién depende que los actos indebidos que haya cometido se encuentren debidamente acreditados? 

Esa acreditación no les corresponde a los jueces, esa acreditación en materia penal, le corresponde a las fiscalías, a quien ejerce la institución del Ministerio Público, que en una carpeta de investigación, integra elementos que va a someter ante el Poder Judicial, para lograr una condena, sin embargo, en la percepción de la mayoría de las personas es que cuando un Juzgador o un Magistrado dicta una sentencia absolutoria de un reo, la idea generalizada que surge y se expande de boca en boca es que actuaron bajo consigna o por ser corruptos. Lo que es altamente probable, es que a quien le correspondió integrar la carpeta de investigación, no lo haya hecho con estricto apego a la Constitución o a la Ley y con ello, el Juzgador no debe ni puede ir más allá, dado que eso es lo que establece nuestra Constitución y las Leyes que emanan de ella. 

Esto que acabo de definir con lenguaje coloquial, constituye tener un Estado de Derecho. 

Algunas personas o inclusive Gobernantes, piensan que es mejor la Justicia que el Derecho y con ello, incurren en una falacia argumentativa cuando lo único que hacen, es observar una parte de la realidad, cuando lo que se debe hacer es todo el entorno, dicho en otras palabras, lo único que resulta evidente ante la sociedad es aquella sentencia o resolución que libera a una persona, que la exonera de las acusaciones de las que era objeto, pero un Juzgador, tiene el deber de aplicar el Derecho frente a la Justicia y esto en buena medida tiene que ver con las reglas claras y procedimientos preestablecidos para que no haya sanciones “a modo” dependiendo de quien es el infractor de la Ley. 

Las Fiscalías deben supervisar de manera permanente con criterios actualizados las tareas que desarrolla el Ministerio Público, misma que debe hacerse objetivamente desde un punto de vista práctico. Regularmente, quienes ejercen esas actividades, no han estado vinculados a tareas jurisdiccionales y el enfoque al integrar una carpeta de investigación, puede quedarse corto en cuanto a la interpretación de la ley, en cuanto a la metodología de las pruebas aportadas y el estricto apego a la Constitución, en lo referente a los derechos humanos de la víctima y del presunto responsable, entre otros factores. 

Mucho se le ataca al Poder Judicial, en el sentido de que se encuentran a favor de los “delincuentes”, sin embargo, de manera personal, cada que escucho esos comentarios, advierto que deben considerarse muchos factores para estar en condiciones de emitir una opinión, respecto a la posible responsabilidad de un juzgador al momento de dictar una resolución que implique la liberación de un reo por la comisión de un ilícito. 

Conocer los derechos y las obligaciones que tienen autoridades administrativas que dependen del Poder Ejecutivo sea Federal o Estatal, así como las que tienen los Juzgadores que dependan del Poder Judicial Federal o de alguno de las Entidades Federativas generará mucho mayor responsabilidad al emitir una opinión con la finalidad de informar con veracidad si se aplica el Derecho como lo manda la Constitución y las Leyes o la Justicia como se escucha en mensajes políticos que pueden ganar momentáneamente la atención de las personas. 

Mtro. Antonio Horacio Gamboa Chabbán 

Presidente del Colegio de Abogados de América Latina COTAL, A.C.